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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Demanda 1.400 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 349 
 Demanda 1.400 de 2009 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.400 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Inmaculada Torres Verdeja, contra las empresas “Infinity System, Sociedad Limitada”, y “Gesem &amp; Free Stac, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:???
  Auto
  En Guadalajara, a 16 de abril de 2010.
  Parte dispositiva:
  Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 6 de julio de 2010, a las diez y cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a la interesada de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Otrosí: se tiene por hecha la manifestación y por designado el domicilio a efectos de notificaciones.
  Segundo otrosí: confesión judicial, como se pide. Documental y testifical, se tiene por hecha la manifestación.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo será precisa la consignación como depósito de 25 euros.
  Así por este auto lo manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Jesús González Velasco. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesem &amp; Free Stac, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 17 de mayo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/21.802/10)</texto>
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