<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100618-85</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SEVILLA LA NUEVA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Sevilla la Nueva. Régimen económico. Modificación tasa por prestación de servicios cementerio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>144</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-06-18110620100196</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/18/BOCM-20100618-85.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/18/BOCM-20100618-85.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/18/BOCM-20100618-85.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Sevilla la nueva</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 85 
 Modificación tasa por prestación de servicios cementerio 
  El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo del presente, acordó la aprobación provisional de la modificación de la siguiente ordenanza fiscal:
  .	Tasa por prestación de servicios de cementerio municipal, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Sevilla la Nueva, a 27 de mayo de 2010..El alcalde-presidente, Mario de Utrilla Palombi.
  (03/22.673/10)</texto>
</documento>