<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100622-320</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 500 de 2009-MO</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>147</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-06-22170620100136</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/22/BOCM-20100622-320.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/22/BOCM-20100622-320.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/22/BOCM-20100622-320.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 320 
 Demanda 500 de 2009-MO 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 500 de 2009-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alina María Minteuán, contra la empresa “Creative Creature, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 274 de 2010, de fecha 14 de mayo de 2010):
  Fallo
  Estimar la demanda interpuesta por doña Alina María Minteuán, contra “Creative Creature, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a abonar a la trabajadora la cantidad de 1.553,62 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que no cabe recurso.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creative Creature, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 24 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.763/10)</texto>
</documento>