<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100622-73</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COSLADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Coslada. Ofertas de empleo. Bases generales de convocatoria para proveer dos plazas de auxiliar de biblioteca y dos plazas de orientador</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>147</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-06-22210620100184</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/22/BOCM-20100622-73.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/22/BOCM-20100622-73.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/22/BOCM-20100622-73.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Coslada</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COSLADA 
 OFERTAS DE EMPLEO
 
 73 
 Bases generales de convocatoria para proveer dos plazas de auxiliar de biblioteca y dos plazas de orientador 
  
  Por resoluciones de la Concejalía de Hacienda, Personal y Servicios Generales, de fecha 3 de mayo de 2010, se aprueban las bases generales de convocatoria para proveer dos plazas de auxiliar de biblioteca y dos plazas de orientador-informador del Ayuntamiento de Coslada, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2006, quedando redactadas de la siguiente manera:
  BASES ESPECIFICAS PARA LA SELECCIÓN DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR DE BIBLIOTECA
  1.  Naturaleza y caracteristicas:
  Sistema: Oferta de Empleo Público.	
  Denominacion: auxiliar de biblioteca.
  Número de plazas: dos.
  Grupo de titulación: C2.
  Personal: laboral.
  Procedimiento selectivo: concurso-oposición.
  2.  Requisitos especificos de los aspirantes: los aspirantes, además de reunir los requisitos establecidos en las bases generales, deberán estar en posesión del graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
  3.  Solicitudes: derechos de examen: 12 euros.
  4.  Contenido de las pruebas selectivas:
  a)	Fase de concurso:
  .	Por servicios prestados en la Administración Pública, en Ayuntamientos de 75.000 a 100.000 habitantes, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar, 0,50 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 7,50 puntos.
  .	Por servicios prestados en la Administración Pública, no incluidos en el apartado anterior, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar, 0,20 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 3 puntos.
  .	Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con el puesto y la categoría a ocupar, 0,125 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 2,50 puntos.
  .	Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir, 0,010 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
  	Se computarán como horas de formación los cursos relativos a prevención de riesgos laborales.
  	Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 16 puntos.
  b)	Fase de oposición:
  .	Primer ejercicio: de carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test basadas en el temario del anexo.
  	La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.
  .	Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en desarrollar uno o varios supuestos  relacionados con el puesto de trabajo a cubrir.
  	La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.
  c)	Calificación final: será la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio de la fase de oposición, más la puntuación obtenida en la fase de concurso.
  ANEXO I
  Tema 1.  Derechos y deberes fundamentales de la Constitución española.
  Tema 2.  El municipio: concepto, organización y competencias. Órganos de gobierno municipales.
  Tema 3.  Concepto y misión de los servicios bibliotecarios.
  Tema 4.  Bibliotecas públicas. Concepto y misión.
  Tema 5.  Selección y adquisición en las bibliotecas públicas.
  Tema 6.  El proceso técnico de los materiales librarios y no librarios.
  Tema 7.  Los catálogos. Concepto, clases y fines.
  Tema 8.  La clasificación bibliográfica. La CDU.
  Tema 9.  Automatización de la gestión y los servicios bibliotecarios.
  Tema 10.  Las nuevas tecnologías de la información en bibliotecas. Internet.
  Tema 11.  Servicios a los lectores: lectura en sala, préstamo y atención al público.
  Tema 12.  El Servicio de referencia e información bibliográfico. Formación de usuarios.
  Tema 13.  Promoción de la lectura. Actividades de animación en bibliotecas.
  Tema 14.  El libro y las bibliotecas desde la antigüedad al siglo XVIII inclusive.
  Tema 15.  El libro y las bibliotecas en los siglos XIX y XX. La industria editorial y el comercio del libro en la actualidad.
  Tema 16.  El sistema español de bibliotecas. Legislación y competencias de las distintas administraciones.
  Tema 17.  La Ley de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid. Los convenios de colaboración. Organización bibliotecaria de la Comunidad de Madrid.
  Tema 18.  Las publicaciones periódicas en las bibliotecas públicas. Gestión de la hemeroteca.
  Tema 19.  Historia de la literatura española.
  Tema 20.  La literatura infantil-juvenil.
  BASES ESPECIFICAS PARA LA SELECCIÓN DE DOS PLAZAS DE ORIENTADOR-INFORMADOR
  1.  Naturaleza y caracteristicas:
  Sistema: Oferta Pública de Empleo.
  Denominacion: orientador-informador.
  Número de plazas: dos.
  Grupo de titulación: C1.
  Personal: laboral.
  Procedimiento selectivo: concurso-oposición.
  2.  Requisitos especificos de los aspirantes: los aspirantes además de reunir los requisitos establecidos en las bases generales, deberán estar en posesión del título de técnico superior en animación sociocultural.
  3.  Solicitudes: derechos de examen: 15 euros.
  4.   Contenido de las pruebas selectivas:
  a)	Fase de concurso.
  .	Por servicios prestados en la Administración Pública, en Ayuntamientos de 75.000 a 100.000 habitantes, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar, 0,50 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 7,50 puntos.
  .	Por servicios prestados en la Administración Pública, no incluidos en el apartado anterior, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar, 0,20 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 3 puntos.
  .	Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con el puesto y la categoría a ocupar, 0,007 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 2,50 puntos.
  .	Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir, 0,010 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 5 puntos
  	Se computarán como horas de formación los cursos relativos a prevención de riesgos laborales.
  	Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 16 puntos.
  b)	Fase de oposición:
  . 	Primer ejercicio: de carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test basadas en el temario del anexo.
  	La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.
  .	Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en desarrollar uno o varios supuestos  relacionados con el puesto de trabajo a cubrir
  	La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.
  c)	Calificación final: será la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio de la fase de oposición, más la puntuación obtenida en la fase de concurso.
  ANEXO I
  1.  La Constitución española de 1978: Características y estructura.
  2.  Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. Garantías y tutela de los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución.
  3.  La organización territorial del Estado en la Constitución. La Administración Local.
  4.  Organización municipal. Concepto. Clases de órganos. Competencias.
  5.  Características demográficas y sociológicas de la población juvenil en España, Comunidad de Madrid y Coslada.
  6.  Las políticas de juventud. Concepto. Modelos. Evolución en España.
  7.  Organismos públicos de ámbito estatal y autonómico con competencias en materia de juventud. Organización, funciones y servicios.
  8.  Normativa jurídica civil y penal relativa a la menor y mayor de edad.
  9.  Ley de Juventud de la Comunidad de Madrid.
  10.  Ley de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia.
  11.  Comunicación Humana: teoría, elementos, funciones y axiomas.
  12.  La Sociedad de la Información. Nuevas tecnologías aplicadas a la información juvenil.
  13.  El Centro Regional de Información Juvenil de la Comunidad de Madrid.
  14.  Red de Centros de Información Juvenil de la Comunidad de Madrid.
  15.  Funcionamiento y servicios que ofrece un Centro de Información Juvenil. Carnés de interés para jóvenes: carné joven europeo, ISIC, carné de alberguista internacional y tarjeta joven de Coslada.
  16.  Fuentes de la información juvenil: las temáticas de interés para los jóvenes.
  17.  Difusión de la información juvenil: canales, soportes y herramientas para la información a la juventud.
  18.  Descentralización de la información juvenil. Redes informativas en los centros educativos.
  19.  Servicios de información juvenil en ámbitos especiales. Atención a la diversidad y a jóvenes en riesgo de exclusión social.
  20.  La información juvenil en Europa. Carta Europea de la Información Juvenil.
  21.  Función de asesoramiento y orientación en un centro de información juvenil.
  22.  La animación sociocultural. Marco conceptual y desarrollo histórico.
  23.  La educación en el tiempo libre. Concepto, características y objetivos.
  24.  Regulación. Servicios que ofrece.
  25.  Formación en el ámbito del tiempo libre infantil y juvenil. Ordenación Administrativa de las Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad de Madrid. Escuela de Animación de la Comunidad de Madrid.
  26.  Programas europeos de juventud. Intercambios, iniciativas juveniles y Servicio Voluntariado Europeo.
  27.  Marco legal del voluntariado en la Comunidad de Madrid. Voluntariado en los centros educativos.
  28.  Asociacionismo Juvenil. Marco jurídico. Las asociaciones de estudiantes.
  29.  Consejos de Juventud: regulación estatal y autonómica. Composición y funcionamiento.
  30.  Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid. Características.
  31.  Renta básica de emancipación. Gestión en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  32.  Programas de formación para el empleo para jóvenes. Escuelas taller y casas de oficios.
  33.  Asesoramiento en el ámbito educativo. Estructura básica del sistema educativo español. Modalidades y niveles.
  34.  Opciones formativas tras la educación secundaria obligatoria. Bachillerato. Ciclos formativos.
  35.  Estudios universitarios en la Comunidad de Madrid. Estructura y acceso.
  36.  Educación para la salud. Ley sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos de la Comunidad de Madrid.
  37.  Asesoramiento en el ámbito de la educación afectivo sexual. Los métodos anticonceptivos. Prevención de enfermedades de transmisión sexual.
  38.  Los programas de ocio alternativo en fin de semana: características, justificación y evolución de este tipo de programas.
  39.  Instalaciones de aire libre. Red Internacional de Albergues Juveniles. Refugios y áreas de acampada. Campamentos. Normativa aplicable.
  40.  Recursos, equipamientos, programas y servicios de la Concejalía de Infancia y Juventud de Coslada a la población infantil y juvenil.
  Coslada, a 12 de mayo de 2010..La concejala-delegada de Personal, María Teresa González Ausín.
  (02/5.375/10)</texto>
</documento>