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    <fecha_publicacion>2010/06/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 110 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 240 
 Ejecución 110 de 2009 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 110 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Gayao, contra la empresa “Emgapel Hostelería y Espectáculos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de extinción de la relación laboral de fecha 23 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 23 de septiembre de 2009.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Manuel Gayao, con la empresa “Emgapel Hostelería y Espectáculos, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
  Nombre del trabajador: don Manuel Gayao.
  Indemnización: 666,68 euros.
  Salarios: 1.837,06 euros (desde 30 de julio de 2008 hasta 1 de octubre de 2008, hace un total de sesenta y dos días, a razón de 29,63 euros por día).
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emgapel Hostelería y Espectáculos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.881/10)</texto>
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