<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100706-125</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE SEVILLA NÚMERO 13</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Sevilla número 13. Juicio faltas 216 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-07-06050720100006</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/06/BOCM-20100706-125.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/06/BOCM-20100706-125.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/06/BOCM-20100706-125.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE SEVILLA NÚMERO 13</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE SEVILLA NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 125 
 Juicio faltas 216 de 2008 
  Don Leonardo Doblado Herrera, secretario del Juzgado de instrucción número 13 de Sevilla.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 216 de 2008 se ha dictado la presente sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 527 de 2008
  En Sevilla, a 18 de septiembre de 2008..Vistos por don Francisco de Asís Molina Crespo, magistrado-juez accidental del Juzgado de instrucción número 13 de Sevilla, en juicio oral y público los autos de JFIN 216 de 2008, por una falta de vejaciones y de malos tratos de obra, en la que ha intervenido: el ministerio fiscal; como denunciante, doña Jessica Entrena García, asistida por el letrado señor Cuello Balguer, y, como denunciado, don Miguel Pío Sáinz de Rozas Mora Figueroa, defendido por el letrado señor Aguilar Sáinz de Rozas.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Miguel Pío Sáinz de Rozas Mora Figueroa, como autor criminalmente responsable de una falta de vejaciones injustas del tipo reseñado, a la pena de multa de veinte días, con cuota diaria de 10 euros, con dos días de privación de libertad por cada dos cuotas diarias que no fueren satisfechas, condenándole igualmente al pago de la mitad de las costas del procedimiento y a que en concepto de responsabilidad civil indemnice a doña Jessica Entrena García en 600 euros, absolviéndole de la falta de  maltrato de obra por la que viene acusado.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde dicha notificación a través del correspondiente escrito de formalización del recurso, redactado conforme a los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal presentado ante este Juzgado.
  Llévese testimonio íntegro de esta resolución a los autos de su razón, y archívese la original en el libro de sentencias.
  Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo..Firma ilegible rubricada.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Miguel Pío Sáinz de Rozas Mora Figueroa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido la presente en Sevilla, a 27 de mayo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/26.634/10)</texto>
</documento>