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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 103 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 171 
 Ejecución 103 de 2010 
  Doña Elena García-Muñoz Alarcos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 103 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ezequiel Moraleda de Mora, contra la empresa “Flozam PPU, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado comparecencia de diligencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial..En Madrid, a 17 de junio de 2010.
  Únase a los autos de su razón y dése traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 17 de noviembre de 2009, a la empresa “Flozam PPU, Sociedad Limitada” a favor del demandante don Ezequiel Moraleda de Mora y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, segunda planta, el día 20 de julio de 2010, a las nueve y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, o la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, o la falta de indemnización de la cantidad de 17.888 euros, con abono en ambos supuestos de los salarios de tramitación, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Cítese al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Flozam PPU, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.297/10)</texto>
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