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    <identificador>BOCM-20100710-29</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/07/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 5. Juicio de faltas 86 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>164</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 29 
 Juicio de faltas 86 de 2010 
  Doña Martina Milano Navarro, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Alcorcón.
  Hace saber y participa: Que en el juicio de faltas número 86 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Alcorcón, a 18 de marzo de 2010..Habiendo visto su señoría, doña Sara Perales Jarillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Alcorcón y su partido, los presentes autos de juicio de faltas con el número referenciado, sobre falta de amenazas, sin intervención del ministerio fiscal, siendo partes: don David Juan Adánez Torres, en calidad de denunciante, y don José Luis Peñalosa Rucio, en calidad de denunciado.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a la parte denunciada, don José Luis Peñalosa Rucio, como autor responsable de una falta de amenazas, a la pena de diez días de multa, con una cuota diaria de 4 euros, y se le prohíbe que en un plazo de seis meses se aproxime a la sucursal de “La Caixa”, sita en la calle Betanzos, número 2, de Alcorcón (Madrid). El impago de la multa determina una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
  Se imponen a la parte denunciada las costas que, en su caso, se hubieren causado.
  Líbrese oficio a la policía a fin de que vigilen el cumplimiento de la pena impuesta de prohibición de aproximarse a la indicada sucursal bancaria.
  Esta resolución no es firme, frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación al Ministerio Fiscal y a las partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Luis Peñalosa Rucio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Alcorcón, a 10 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/25.581/10)</texto>
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