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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 493 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 166 
 Demanda 493 de 2010 
  Doña María de los Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 493 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Josefa Vázquez Matas, contra don Alejandro Villabona Arribas y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 29 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 29 de junio de 2010.
  La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que la demandada es desconocida en el domicilio que figura en la demanda, según consta en la diligencia negativa de citación practicada..Doy fe.
  Providencia
  Ilustrísima señora magistrada-juez doña Isabel Sánchez Peña..En Madrid, a 29 de junio de 2010.
  Visto el estado de las actuaciones y resultando negativa la citación de la demandada, líbrese oficio a la Dirección General de la Policía Nacional, a fin de que pongan en conocimiento el domicilio, que conste en sus archivos, del demandado don Alejandro Villabona Arribas.
  Por economía procesal, cítese a la misma por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
  Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalado para el día 15 de julio de 2010, a las dieciséis y veinte horas.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Para la interposición del citado recurso deberá acreditarse el ingreso de la cantidad de 25 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, que es la número 2512 y con la clave de procedimiento 30, todo ello, de conformidad y con las excepciones que establece la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  Lo que manda y firma la magistrada-juez; doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se remite el edicto acordado, notificándose al resto de los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral..Doy fe.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Villabona Arribas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.008/10)</texto>
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