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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/07/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Manzanares el Real. Personal. Nombramiento funcionario de carrera arquitecto superior</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>166</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANZANARES EL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL 
 PERSONAL
 
 67 
 Nombramiento funcionario de carrera arquitecto superior 
  Por resolución de Alcaldía de fecha 10 de junio de 2010, una vez concluido el procedimiento selectivo, se ha efectuado el nombramiento como funcionaria de carrera a favor de doña Silvia Jarque Sánchez, con documento nacional de identidad número 50874105-Z, para cubrir la plaza de arquitecto superior, escala de Administración Especial, subescala Técnica, grupo A1, de la plantilla del Ayuntamiento de Manzanares el Real.
  Lo que se hace público a los efectos del artículo 25.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado.
  Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse otro recurso que se estime pertinente.
  En Manzanares el Real, a 15 de junio de 2010..El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.
  (03/25.613/10)</texto>
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