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    <fecha_publicacion>2010/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 1.394 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>167</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 140 
 Demanda 1.394 de 2009 
  Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.394 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Santamaría Garcés, contra la empresa “R &amp; C Asesoramiento y Producción de Eventos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente: 
  Sentencia número 223 de 2010
  En nombre del Rey..En Madrid, a 21 de abril de 2010.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Raquel Santamaría Garcés, contra “R &amp; C Asesoramiento y Producción de Eventos, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la suma de 300,5 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “R &amp; C Asesoramiento y Producción de Eventos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.807/10)</texto>
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