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– Notificación a don José Manuel de la Riva Grandal de Resolución de 26 de marzo de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, relativa a certificación de nivel de formulación magistral de oficina de farmacia en el municipio de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  CONSEJERÍA DE SANIDAD 
 
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 NOTIFICACIÓN a don José Manuel de la Riva Grandal de Resolución de 26 de marzo de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, relativa a certificación de nivel de formulación magistral de oficina de farmacia en el municipio de Madrid. 
  En el expediente número CF-1108/2009, relativo a expediente de certificación de nivel de formulación magistral de oficina de farmacia en el municipio de Madrid, la Dirección General de Ordenación e Inspección ha dictado la siguiente Resolución:
  «Visto el expediente incoado a instancia de don José Manuel de la Riva Grandal, en el que solicita autorización para certificación de nivel de formulación magistral de la oficina de farmacia de la que es titular, sita en la calle Alcalá, número 172, del municipio de Madrid, resulta:
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Con fecha de octubre de 2009 el referido interesado presentó en la Consejería de Sanidad dicha solicitud.
  Segundo
  Con fecha 3 de diciembre de 2009, se requirió por parte de la Subdirección de Ordenación Farmacéutica a don José Manuel de la Riva Grandal para que formalizara debidamente su instancia, aportando la documentación preceptiva no presentada y apercibiéndole sobre los efectos de su no cumplimentación en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del mismo.
  Tercero
  A efectos de cómputo de plazos, el acuse de recibo de dicha notificación tiene fecha de 9 de diciembre de 2009.
  Cuarto
  Al día de la fecha, el farmacéutico peticionario no ha aportado la documentación requerida ni se ha alegado causa alguna no imputable a la misma.
  FUNDAMENTOS JURÍDICOS
  Primero
  En la tramitación del presente expediente se han observado las disposiciones legalmente aplicables.
  Segundo
  Según dispone el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
  “Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición”.
  Tercero
  Esta Dirección General es competente para resolver sobre la cuestión planteada, en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el artículo 34.2 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 10.f) del Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, por lo que vengo en
  RESOLVER
  Declarar el desistimiento de la solicitud formulada por don José Manuel de la Riva Grandal para la certificación de nivel de formulación magistral de la oficina de farmacia de la que es titular, sita en la calle Alcalá, número 172, de Madrid, procediendo al archivo del expediente.
  A tal efecto, procede incluir a la citada oficina de farmacia en la categoría recogida en el artículo 5.1 del Decreto 65/2009, de 9 de julio, como de “Sin Elaboración Propia”.
  Madrid, a 26 de marzo de 2010..El Director General de Ordenación e Inspección, Manuel Molina Muñoz».
  Lo que se comunica a los oportunos efectos, previniendo que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la ilustrísima señora Viceconsejera de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), y el artículo 44.2, apartado d), de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
  Lo que ante la imposibilidad de notificación individual, se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre).
  Madrid, a 2 de junio de 2010..La Secretaria General Técnica, Beatriz Viana Miguel.
  (03/25.722/10)</texto>
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