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    <fecha_publicacion>2010/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alicante número 7. Autos número 343 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>174</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 260 
 Autos número 343 de 2010 
  Doña Vanesa Sirvent Asensi, secretaria del Juzgado de lo social número 7 de Alicante.
  Notifica: Que en los autos número 343 de 2010, seguidos en este Juzgado a instancias de don Óscar Colinas Castro, frente a “Sercal, Sociedad Anónima”, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:
  Auto
  En Alicante, a 17 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Que se rectifica el error material sufrido en la sentencia dictada en estos autos en el hecho probado primero y se aclara el error sufrido en el sentido de disponer que la antigüedad del actor es del 1 de julio de 1999, y sin tener que alterar otros términos de la resolución dictada, que permanece en lo demás inalterable.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer otro recurso que el que cabe contra la resolución que se aclara.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Aurora Gutiérrez Gutiérrez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 7 de Alicante..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada “Sercal, Sociedad Anónima”, actualmente en ignorado paradero, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Alicante, a 17 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/27.270/10)</texto>
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