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    <fecha_publicacion>2010/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Juicio verbal 44 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>174</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 270 
 Juicio verbal 44 de 2009 
  El secretario del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal 44 de 2009, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Madrid, a 27 de noviembre de 2009.
  Vistos por mí, doña María del Carmen Viñaras Giménez, magistrada-juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal de mutuo acuerdo, sobre relaciones paterno filiales, promovidos por doña Yulika Opnasyk, representado por el procurador de los Tribunales, doña Carolina Pérez-Sahuquillo Pelayo, contra don Sherhiy Melanychuk. Intervenido el ministerio fiscal en defensa de los interesados del hijo menor.
  Fallo
  Primero..Se estima el convenio regulador de mutuo acuerdo presentado.
  En el procedimiento JVB 44/09 ratificado en ambas partes el 17 de noviembre de 2009.
  Segundo..El ministerio fiscal mediante escrito de fecha 27 de noviembre de 2009, considera que el convenio regulador es acorde a los interesados del menor habido en la pareja Marksim Melanychuk, nacido en fecha 14 de abril de 2006.
  Expídase testimonio de esta sentencia que quedará unido a las actuaciones, con inclusión del original en el Libro de Sentencias.
  Esta resolución no es firme y frente a ella, cabe preparar en el plazo de cinco días desde su notificación, recurso de apelación que no suspenderá la eficacia de las medidas que se hubieran acordado en ella (artículo 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso habrá de prepararse ante este Juzgado para su resolución, en su caso por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Serhiy Melanychuk, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  Madrid, 2010..El secretario (firmado).
  (03/26.601/10)</texto>
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