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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Delegaciones conferidas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>174</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Delegaciones conferidas 
  De conformidad con lo prevenido por el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que por decreto de la Alcaldía, de fecha 2 de julio de 2010, se ha dispuesto:
  Primero..Ampliar el actual marco de las delegaciones conferidas por esta Alcaldía, en los señores/as concejales/as que seguidamente se indican, en las materias y con el alcance que seguidamente se señala:
  1.o  Delegar de forma específica a favor del concejal especial de Gestión Urbanística, don Pablo José Cereijo Ponce de León, las facultades sancionadoras que se atribuyen los artículos 140 y 145 de la ordenanza municipal de gestión de residuos y limpieza de los espacios públicos, así como la de la resolución de los recursos de reposición y demás administrativos que puedan interponerse contra los actos dictados en el ejercicio de la presente facultad delegada.
  2.o  Ampliar el contenido de la delegación contenida en el apartado tercero del decreto de Alcaldía 624/2007, de 27 de junio, respecto de la delegación de facultades a favor de la concejala especial de Economía, Hacienda y Patrimonio respecto de la devolución de avales, ampliando la delegación inicialmente conferida, a los efectos de delegar en la citada delegada especial, doña Marta Puig Quixal, la facultad de devolver toda clase de garantías y avales que se constituyan a favor del Ayuntamiento.
  Segundo..Las anteriores delegaciones, que surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha del presente decreto, se confieren sin perjuicio de las facultades que corresponde al señor alcalde de recibir información detallada de la gestión de las competencias delegadas.
  En Boadilla del Monte, a 7 de julio de 2010..El alcalde-presidente, Juan J. Siguero Aguilar.
  (03/28.346/10)</texto>
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