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    <fecha_publicacion>2010/07/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento ordinario 382 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 138 
 Procedimiento ordinario 382 de 2008 
  En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución de fecha 26 de mayo de 2010, sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 26 de mayo de 2010.
  Vistos por don Carlos Nieto Delgado, magistrado del Juzgado de lo mercantil número 1, de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 382 de 2008, seguidos a instancia de “Azulejos y Pavimentos Brihuega, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Paloma Ortiz Cañavate Levenfeld, contra don Santos Martínez Domínguez, que no ha comparecido, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Azulejos y Pavimentos Brihuega, Sociedad Anónima”, contra don Santos Martínez Domínguez, debo condenar y condeno a la parte demandada al pago a la parte actora de 21.714,15 euros, más los intereses legales, así como al pago de las costas procesales.
  Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  En el escrito de recurso deberá acreditar al recurrente haber consignado en la cuenta de este Juzgado número 2227 0000 01 0382 08, la cantidad de 50 euros, conforme a lo dispuesto por la decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, siendo este requisito necesario para su admisión a trámite.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Santos Martínez López, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 14 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (02/7.162/10)</texto>
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