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    <identificador>BOCM-20100811-66</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Arganda del Rey. Régimen económico. Ordenanza fiscal de la tasa por prestación de servicios de cementerios</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 66 
 Ordenanza fiscal de la tasa por prestación de servicios de cementerios 
  Conforme a lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de treinta días de exposición pública del expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios en los Cementerios Municipales, aprobado provisionalmente en sesión del Pleno de fecha 2 de junio de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2010), y no habiéndose interpuesto reclamación alguna, dicho acuerdo pasa a ser definitivo, procediéndose a la publicación íntegra del texto completo.
  Contra el acuerdo que a continuación se transcribe, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
   							Ver en documento PDF 						 
  Arganda del Rey, a 27 de julio de 2010..La concejal-delegada de Hacienda, Amalia Guillén Sanz.
  (03/31.122/10)</texto>
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