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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 32 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 195 
 Ejecución 32 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 32 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Guillén Gabarriz, contra la empresa “Betty y Susana, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 15 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Retener los saldos a favor de las ejecutadas, doña Betty Theodora Cuadros Ríos, doña Susana Ruiz Pareja y “Betty y Susana, Sociedad Limitada”, en las siguiente entidades: “Banco Bilbao Vizcaya”, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, y “Caixa d’Estalvis de Catalunya”, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber, 9.267,86 euros de principal y 2.000 euros presupuestados para intereses y costas.
  Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que las ejecutadas, en ese instante, dispusieren en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto se remitirá directamente a este órgano judicial.
  Ofíciese al número 15 de Madrid, así como al Registro de la Propiedad de Meco, municipio de Camarma de Esteruelas (Madrid) a fin de que remitan certificación en que conste si existen inscritos en el mismo bienes o derechos susceptibles de embargo propiedad de la demanda doña Susana Ruiz Pareja y, en caso afirmativo, se hagan constar datos suficientes para el ulterior libramiento de mandamiento de embargo y sucinta referencia de sus cargas.
  Notifíquese la presente resolución a la parte ejecutante, posponiendo su notificación a la ejecutada hasta tanto sea efectiva la traba de lo embargado y a fin de asegurar su efectividad.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Betty Theodora Cuadros Ríos, doña Susana Ruiz Pareja y “Betty y Susana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.732/10)</texto>
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