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    <identificador>BOCM-20100816-261</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 136 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 261 
 Ejecución 136 de 2009 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 136 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Aljarilla Toribio, contra las empresas “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, y “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado propuesta de providencia de fecha 20 de noviembre de 2009, providencia de fecha 25 de febrero de 2010 y diligencia de ordenación de fecha 12 de julio de 2010, que son del tenor literal siguiente:
  Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez..En Madrid, a 20 de noviembre de 2009.
  Dada cuenta; por recibida la anterior comunicación, únase a los autos y ejecutoria de su razón, y visto su contenido, líbrese mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad número 22 de Madrid y al Registro de la Propiedad de Sigüenza (municipio: Sauca), al objeto de que a la mayor brevedad posible remitan a este Juzgado nota simple informativa sobre los bienes o derechos que figuren inscritos en dichos registros a nombre de las ejecutadas y caso afirmativo, se hagan constar datos suficientes para el ulterior libramiento de mandamiento de embargo y sucinta referencia de sus cargas.
  Se acuerda el embargo y precinto de los vehículos propiedad de la apremiada “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, que a continuación se describen, con los datos de identificación conocidos:
  Matrículas: 2963FDW y 8564DYJ.
  Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.
  Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  Ofíciese a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir un depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.
  Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/64/0136/09.
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe..Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado)..El secretario judicial (firmado).
  Providencia
  Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García..En Madrid, a 25 de febrero de 2010.
  Vista la anterior diligencia negativa del Servicio Común de Notificaciones y Embargos, remítase nuevamente, haciéndose constar que la cantidad por la que se despacha ejecución contra “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, y “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima” es de 3.969,92 euros de principal, más 397 euros y 238 euros para costas e intereses fijados provisionalmente.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir un depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.
  Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/30/0136/09.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez..En Madrid, a 12 de julio de 2010.
  Por presentado el anterior escrito por don Enrique Javier Barona Rodríguez, dese traslado a la parte actora a fin de que en el plazo de cinco días manifieste lo que a su interés conviniere.
  Y visto el contenido negativo de las diligencias del Servicio Común, averígüese el domicilio de las demandadas.
  Modo de impugnación: cabe recurso de reposición ante el secretario judicial en el plazo de cinco días siguientes a su notificación.
  Así lo ordeno y firmo..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, y “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima” en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/30.737/10)</texto>
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