<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100816-73</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana entre Coslada y Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>195</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-08-16100820100010</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/16/BOCM-20100816-73.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/16/BOCM-20100816-73.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/16/BOCM-20100816-73.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana - Departamento de Renovación Urbana</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento Urbanístico
 Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana
 Departamento de Renovación Urbana
 
 73 
 Modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana entre Coslada y Madrid 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el 8 de julio de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Someter a información pública, durante el plazo de un mes, la modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana, para su adaptación a la alteración de los términos municipales entre los municipios de Coslada y Madrid, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
  Segundo..Solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 2 del Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico.
  Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, o en las oficinas de las Juntas Municipales de los Distritos de Vicálvaro (plaza Don Antonio de Andrés, sin número), y San Blas (avenida Arcentales, número 28), en las mañanas de los días hábiles durante el plazo señalado en el punto primero del presente acuerdo, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
  Madrid, a 21 de julio de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (03/31.527/10)</texto>
</documento>