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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 648 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Demanda 648 de 2010 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 684 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Áxel Toro Liberos, contra las empresas “EOS, Sociedad Limitada”, y “Cintra Aparcamientos, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  En nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente
  Sentencia número 343 de 2010
  En Madrid, a 21 de junio de 2010.
  Fallo
  Procede estimar la demanda por extinción de contrato interpuesta por don Áxel Toro Liberos, contra la empresa “EOS, Sociedad Limitada” (“Equipos de Orientación y Servicio, Sociedad Limitada”), y desestimar la demanda por despido; declarar extinguida la relación laboral que mediaba entre las partes en la fecha de esta resolución y condenar a la empresa demandada “EOS, Sociedad Limitada” (“Equipos de Orientación y Servicio, Sociedad Limitada”), a que abone al actor la cantidad de 7.394,52 euros en concepto de indemnización, a razón de un salario día de 50,55 euros.
  Con absolución al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales subsidiarias.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/0648/10, el importe del principal y 150,25 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “EOS, Sociedad Limitada”, y “Cintra Aparcamientos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/31.236/10)</texto>
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