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    <titulo>– San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Modificación de crédito</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 88 
 Modificación de crédito 
  Aprobada inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2010, la modificación de crédito número 14 del presupuesto para el ejercicio 2010, de conformidad con lo previsto en el artículo 177.2, en relación con el 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2 de 2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público el expediente en las dependencias de la Intervención Municipal durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente edicto, a efecto de que los interesados puedan examinarlo y presentar cuantas reclamaciones estimen oportunas.
  De no presentarse reclamación alguna en dicho plazo, de conformidad con lo previsto en dicho precepto, la modificación se considerará definitivamente aprobada, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
  San Agustín de Guadalix, a 2 de agosto de 2010..El alcalde, don Jesús Sainz Arias.
  (03/32.014/10)</texto>
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