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    <fecha_publicacion>2010/08/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 197 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>199</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 196 
 Ejecución 197 de 2009 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 197 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Inmaculada Hernández Navarro, contra la empresa “Socco Moda, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto aprobando intereses y costas:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín..En Madrid, a 19 de julio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y/o tasación de costas practicadas por importe de 831,70 euros, correspondiendo 696 euros a costas y 135,70 euros a intereses, a cuyo pago resulta condenada “Socco Moda, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones, poniéndose a disposición de la actora la cantidad de 135,70 euros en concepto de intereses, y a disposición del letrado don Domingo Organero Vélez la cantidad de 696,92 euros en concepto de honorarios, y constando un sobrante de 603,92 euros transfiérase a la cuenta de la demandada, una vez firme, debiendo retirar los mandamientos en la Secretaría de este Juzgado de lo social, en horario de nueve a catorce, una vez firme la presente resolución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2518 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Socco Moda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.469/10)</texto>
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