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    <fecha_publicacion>2010/08/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– La Acebeda. Régimen económico. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>199</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LA ACEBEDA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LA ACEBEDA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 72 
 Modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras 
  Por esta Corporación Municipal, en sesión ordinaria de la Asamblea Vecinal, celebrada el día 30 de junio de 2010, se adoptó el acuerdo relativo a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  En la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal indicada, adoptado por la Asamblea Vecinal en la sesión de fecha 30 de junio de 2010.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado texto refundido podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Asamblea Vecinal.
  En La Acebeda, a 2 de agosto de 2010..El alcalde, Adolfo Hernán González.
  (03/32.472/10)</texto>
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