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    <fecha_publicacion>2010/08/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 7. Juicio de faltas 50 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>204</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7
EDICTO
71Juicio de faltas 50 de 2009
Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 50 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Leganés (Madrid), a 3 de marzo de 2009..Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas que bajo el número indicado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además del ministerio fiscal, “Fórum Sport” y don Eugenio Valbuena Gómez, en atención al siguiente
Fallo
Que absuelvo a don Eugenio Valbuena Gómez de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este juicio.
Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo prepararse mediante escrito a presentar en este Juzgado dentro de los cinco de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Eugenio Valbuena Gómez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 30 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
(03/32.855/10)</texto>
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