<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100915-18</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Economía y Hacienda</departamento>
    <rango>NOTIFICACIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/09/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Concesión ayudas
– Notificación de 6 de agosto de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de Órdenes por las que se deniega la compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, establecida por Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>221</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-09-15310820100019</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/15/BOCM-20100915-18.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/15/BOCM-20100915-18.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/15/BOCM-20100915-18.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Economía y Hacienda</organismo>
    <tipo_disposicion>NOTIFICACIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 18 
 Notificación de 6 de agosto de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de Órdenes por las que se deniega la compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, establecida por Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno. 
  Por medio del presente anuncio se notifica a los solicitantes que se relacionan en el Anexo las Órdenes de la Consejería de Economía y Hacienda por las que se deniega la compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, establecida por Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno, con el siguiente tenor literal en su parte dispositiva:
  “Se dispone denegar la compensación fiscal solicitada del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, modificado por Acuerdo de 30 de julio de 2009, por los siguientes motivos:
  Solicitud correspondiente a una adquisición realizada después del período establecido en los Acuerdos del Consejo de Gobierno citados (29 de abril a 31 de diciembre de 2009).
  La Orden objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.
  Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 3 de enero, toda vez que no ha podido practicarse la notificación de las Órdenes mencionadas.
  En Madrid, a 6 de agosto de 201..El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.
  ANEXO
   							Ver en documento PDF 						 
  (03/33.406/10)</texto>
</documento>