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    <identificador>BOCM-20100915-66</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/09/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Modificación Puntual no Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, para las parcelas en la calle del Tejo, números 1 a 7</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>221</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - D.G de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano - Departamento de Actuaciones Públicas en el Centro Urbano - Unidad Técnica de Gestión Administrativa</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento Urbanístico
 Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano
 Departamento de Actuaciones Públicas en el Centro Urbano
 Unidad Técnica de Gestión Administrativa
 
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 Modificación Puntual no Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, para las parcelas en la calle del Tejo, números 1 a 7 
  Expediente número: 711/2010/12519.
  La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Someter a información pública durante el plazo de un mes la Modificación Puntual no Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, para las parcelas municipales situadas en la calle del Tejo, números 1 a 7, parcelas D y PA-b, y dos zonas ajardinadas del Plan Especial de Reforma Interior 3-5* (modificado) del Área de Planeamiento Incorporado 02.12 “Estación Sur”, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión, para que puedan presentarse, en el referido plazo, las alegaciones que se estimen oportunas, al amparo del artículo 57.f) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 2.1 del Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales del Planeamiento Urbanístico. Distrito de Arganzuela.
  Segundo..Solicitar, los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del referido Decreto».
  Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el correspondiente expediente en las mañanas de los días hábiles en el plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda (calle Guatemala, número 13), y en la Junta Municipal del Distrito de Arganzuela.
  Madrid, a 23 de agosto de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, PS, el subdirector general, Cirilo García Teresa.
  (03/33.633/10)</texto>
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