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    <titulo>Concesión ayudas
– Orden 4558/2010, de 27 de agosto, por la que se modifica la Orden 3603/2010, de 29 de junio, por la que se concedieron ayudas económicas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>226</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <organismo>Consejería de Educación</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
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 ORDEN 4558/2010, de 27 de agosto, por la que se modifica la Orden 3603/2010, de 29 de junio, por la que se concedieron ayudas económicas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2010. 
  Por Orden 585-01/2010, de 10 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de marzo de 2010), de la Consejería de Educación, se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras y se abre la convocatoria pública para el año 2010.
  Mediante Orden 3603/2010, de 29 de junio, se conceden ayudas económicas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2010.
  Los beneficiarios que se relacionan a continuación han formulado renuncia a la ayuda concedida o bien, se ha producido su exclusión por incumplimiento del artículo 12 de la Orden 585-01/2010, de 10 de febrero.
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  DISPONGO
  Primero
  Dejar sin efecto la subvención concedida, con cargo a la partida 48220 del programa 509, a las personas anteriormente citadas, por importe de 14.500 euros.
  Segundo
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
  Madrid, a 27 de agosto de 2010.
  		La Consejera de Educación, 		LUCÍA FIGAR DE LACALLE
  (03/34.624/10)</texto>
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