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    <titulo>– Arganda del Rey. Régimen económico. Padrón tasa utilización privativa y aprovechamiento especial dominio público local referente a cajeros automáticos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>228</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 28 
 Padrón tasa utilización privativa y aprovechamiento especial dominio público local referente a cajeros automáticos 
  Por la concejala-delegada de Economía y Hacienda, mediante resolución 1121/2010, de 31 de agosto, ha sido aprobado el padrón correspondiente a la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, referente a cajeros automáticos, para el ejercicio 2010, así como por resolución 1122/2010, de 1 de septiembre, ha sido aprobado el padrón correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio del 2010.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se expone al público dichos padrones durante el plazo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Durante este plazo las personas interesadas podrán examinar las liquidaciones correspondientes en la Unidad de Ingresos Públicos del Ayuntamiento.
  Contra las liquidaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá formularse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, recurso de reposición ante la concejala-delegada de Economía y Hacienda, previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que durante el período comprendido entre el 15 de septiembre y el 30 de noviembre del presente ejercicio se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes dicha tasa de cajeros automáticos, siendo el plazo para el pago del impuesto sobre bienes inmuebles el comprendido entre el 1 de octubre y el 15 de diciembre del año en curso, pudiéndose hacer efectivo el pago durante el horario de atención al público en las entidades bancarias que se indican en los recibos que a tal efecto remitirá el Ayuntamiento a los contribuyentes a través del servicio de Correos, facilitándose duplicados de los mismos a los contribuyentes que no lo hubieran recibido y así lo requieran en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la planta baja del Ayuntamiento.
  El período de cobranza voluntario de dicho padrón será el anteriormente indicado, salvo para aquellos contribuyentes que hubieran solicitado su inclusión en el Sistema de Fraccionamiento Gratuito Unificado (FGU) y hubieran sido admitidos en este en cuyo caso se regirán por el sistema establecido en la ordenanza reguladora del mismo.
  Para los recibos domiciliados se remitirá al domicilio aviso de cargo en cuenta y se pasará al cobro el 15 de diciembre de 2010, último día del período voluntario. Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al Ayuntamiento y surtiendo esta efectos para los años 2011 y siguientes.
  El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley General Tributaria.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  Arganda del Rey, a 2 de septiembre de 2010..La concejala-delegada de Economía y Hacienda, Amalia Guillén Sanz.
  (02/8.960/10)</texto>
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