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    <fecha_publicacion>2010/10/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 136 de 2010-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>237</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 206 
 Ejecución 136 de 2010-M 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial (por sustitución) del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 136 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yónatan Piñuelas Arenas, contra don Pedro Mateo Silva, sobre cantidad, se ha dictado auto de ejecución de fecha 12 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Yónatan Piñuelas Arenas, frente a don Pedro Mateo Silva, parte ejecutada, por importe de 15.645,43 euros en concepto de principal, más otros 1.564,54 euros y 1.564,54 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Pedro Mateo Silva, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.781/10)</texto>
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