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    <identificador>BOCM-20101018-245</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 165 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 245 
 Ejecución 165 de 2010 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 165 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ismael Montes Ventura y don Rafael Santos Esteban, contra la empresa “Inka Explotaciones Hosteleras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto de fecha 1 de septiembre de 2010, así como auto y decreto de fecha 2 de septiembre de 2010 del tenor literal siguiente:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García..En Madrid, a 1 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Aclarar la resolución dictada con fecha 6 de junio de 2010 en los siguientes términos:
  «Dispongo: Despachar ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Rafael Santos Esteban, frente a “Inka Explotaciones Hosteleras, Sociedad Limitada”, por un principal de 7.658,99 euros, más otros 460 euros y 766 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.»
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García..En Madrid, a 2 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Ismael Montes Ventura, frente a “Inka Explotaciones Hosteleras, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 5.628,49 euros en concepto de principal, más otros 338 euros y 563 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Diligencia..En Madrid, a 2 de septiembre de 2010.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que el día 15 de julio de 2010 se ha presentado escrito por el ejecutante solicitándose la ampliación de la ejecución..Doy fe.
  Decreto
  Secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez..En Madrid, a 2 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En su virtud, visto el precepto citado y demás de general aplicación: Se tiene por ampliada la ejecución siendo el principal de 13.287,48 euros, más 798 euros y 1.329 euros para intereses y costas calculados provisionalmente, sin necesidad de retrotraer el procedimiento.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inka Explotaciones Hosteleras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/36.616/10)</texto>
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