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– Resolución de 5 de octubre de 2010, por la que se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá</titulo>
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  B) Autoridades y Personal 
  UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 
 
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 RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2010, por la que se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá. 
  Este Rectorado de conformidad con lo establecido en el artículo 150.2 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejero de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 31 de octubre) y en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
  HA RESUELTO
  Primero
  Nombrar funcionarios de carrera de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de esta Universidad a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 5 de noviembre de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de diciembre), incluidos en el Anexo, con expresión del destino que se adjudica.
  Segundo
  Para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
  Tercero
  Al tomar posesión los nuevos funcionarios, deberán realizar la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, o la opción o solicitud de compatibilidad contempladas en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública.
  Cuarto
  La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Para ello, los interesados deberán personarse en el Servicio de Planificación y Gestión de PAS de la Universidad de Alcalá (plaza San Diego, sin número, Alcalá de Henares).
  Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
  Alcalá de Henares, a 5 de octubre de 2010..El Rector, PD (Resolución de 24 de marzo de 2010, del Rectorado, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de abril), el Gerente, Rubén Garrido Yserte.
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  (03/38.628/10)</texto>
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