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    <fecha_publicacion>2010/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Zarzalejo. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal reguladora impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>251</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Zarzalejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 97 
 Modificación ordenanza fiscal reguladora impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana 
  El Pleno del Ayuntamiento de Zarzalejo, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de septiembre de 2010, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (IBI).
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Lugar de exposición: oficinas municipales.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado reclamaciones en el mencionado período de exposición pública, el acuerdo adoptado de aprobación provisional se considerará elevado automáticamente a definitivo, sin necesidad de ulterior acuerdo.
  Modificación aprobada:
  Art. 7.  Tipo de gravamen y cuota..1.  El tipo de gravamen será:
  Cuando se trate de bienes de naturaleza urbana: 0,60 por 100.
  Resto: igual.
  Zarzalejo, a 30 de septiembre de 2010..El alcalde, Rafael Herranz Ventura.
  (03/39.509/10)</texto>
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