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    <fecha_publicacion>2010/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Demanda 489 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 117 
 Demanda 489 de 2009 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 489 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Silvia Stilman Markowiecki, contra la empresa “CCC Travel Incoming, Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Que estimando como estimo la demanda presentada por doña Mónica Silvia Stilman Markowiecki, contra la empresa “CCC Travel Incoming, Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 22.288 euros de principal, más los intereses legales.
  Que estimando como estimo la excepción de prescripción de las cantidades por comisiones planteada por el Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a dicho ente gestor, sin perjuicio de su responsabilidad legal en relación con las cantidades reclamadas, con los límites expuestos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CCC Travel Incoming, Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/37.313/10)</texto>
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