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    <fecha_publicacion>2010/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ciempozuelos. Régimen económico. Tasa ocupación terrenos uso público</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Ciempozuelos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 78 
 Tasa ocupación terrenos uso público 
  Por medio del presente se hace público que mediante resolución 1430/2010, de 29 de septiembre, de la Alcaldía-Presidencia, se ha procedido a la aprobación del padrón relativo a la tasa por ocupación de terrenos de uso público (cajeros automáticos 2010), el cual queda expuesto al público a efectos de reclamaciones durante un período de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Contra la aprobación de dicho padrón podrá formularse, ante esta Alcaldía-Presidencia, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el siguiente al de la finalización del período de su exposición al público según lo dispuesto en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  El período de ingreso voluntario queda establecido entre el 15 de octubre al 15 de diciembre de 2010, ambos inclusive.
  Se informa de que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados es el 15 de noviembre de 2010.
  El pago podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria colaboradora con oficina en esta localidad, en su horario de apertura al público, mediante la presentación del correspondiente recibo, todo ello entendido sin perjuicio de la posibilidad de efectuar la correspondiente reclamación.
  Transcurrido el período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el correspondiente recargo de apremio, así como los intereses de demora y, en su caso, las costas que produzcan.
  Lo que se hace público a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículo 20 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y preceptos concordantes de la normativa tributaria y de régimen local.
  En Ciempozuelos, a 17 de septiembre de 2010..La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García.
  (02/9.418/10)</texto>
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