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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 248 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 124 
 Ejecución 248 de 2009 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 248 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Pedro Chinarro Vinuesa y doña María del Mar Velayos Amo, contra la empresa “Inversiones Mirasierra, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado decreto de fecha 9 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente, y acta de comparecencia de fecha 27 de septiembre de 2010 que se acompaña:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  1.  Nombrar administrador judicial a don Severiano Víctor Sanz Escalera, con número de identificación fiscal 3073934-F, con domicilio en la calle Camino de Vinateros, número 135, segundo D, 28030 Madrid.
  2.  Autorizar al administrador judicial al cambio de las cerraduras de las máquinas, al objeto de que el titular no pueda intervenir en ellas, ni minorar su recaudación.
  3.  Comunicar el nombramiento de administrador judicial a las empresas titulares de los bares y locales en que se encuentran depositadas las citadas máquinas, así como a la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, Área de Gestión de Juegos, siendo dicho organismo el encargado de concesión de licencias de explotación.
  4.  Acordar no haber lugar a la exigencia de caución para la designación y que la remuneración del administrador sea de 30 euros/día.
  5.  Imponer al administrador designado la obligación de rendir cuentas trimestralmente.
  6.  Citar, una vez firme la presente resolución, al administrador para darle posesión del cargo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/30/2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
  Acta
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2010..Ante la ilustrísima señora magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 6 de Madrid, doña Elena Bornaechea Morlans, y con mi asistencia, la secretaria judicial, doña Eva San Pablo Moreno, comparecen: como demandante, don Juan Pedro Chinarro Vinuesa, con documento nacional de identidad número 6534131-S, y doña María del Mar Velayos Amo, con documento nacional de identidad número 50179798-P, ambos asistidos por el letrado don Juan José Pulido Díaz, colegiado número 20282.
  No comparecen como demandada “Inversiones Mirasierra, Sociedad Limitada”, no constando citada en legal forma.
  “Inversiones Codeba, Sociedad Limitada”, no comparece, no constando citada en legal forma.
  Por su señoría, y conforme a lo establecido en el artículo 83 de la Ley de Procedimiento Laboral, se acuerda la suspensión por no constar citada la parte demandada de los actos señalados para el día de hoy.
  Señalándose nuevamente para el día 12 de noviembre de 2010, a las nueve horas, quedando citadas las partes comparecientes en este acto, y ordenándose la citación en forma con los no comparecientes, en su caso.
  Seguidamente yo, la secretaria judicial, teniendo en mi presencia a los comparecientes les cité en forma, haciéndoles los requerimientos, apercibimientos y advertencias acordadas.
  De todo lo cual se extiende la presente que leída y hallada conforme la firma su señoría con los comparecientes y conmigo, la secretaria judicial, de lo que doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inversiones Mirasierra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.677/10)</texto>
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