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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 134 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 132 
 Ejecución 134 de 2010 
  Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 134 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hernán Bander Rivas, contra la empresa “Emias Bolcocha, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 28 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María Isabel Oteo Muñoz..En Madrid, a 28 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda el embargo y precinto de los vehículos propiedad de la apremiada que a continuación se describen con los datos de identificación conocidos:
  Matrícula: 2654DPD.
  Marca “Seat”.
  Modelo Toledo 2.0 INY.
  Matrícula 4906CWX.
  Marca “Citroën”.
  Modelo Jumpy 22 HDI 29C.
  Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial competente, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste de los bienes y, su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral) y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.
  Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emias Bolcocha, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.251/10)</texto>
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