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    <fecha_publicacion>2010/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 899 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 328 
 Demanda 899 de 2010 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 899 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Pilar Villameriel Serna, contra la empresa “La Bodega de la Carne, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Pilar Villameriel Serna, frente a la “La Bodega de la Carne, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, y siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral entre las partes y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la actora con la suma de 5.970,75 euros, así como el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (31 de mayo de 2010) hasta la presente resolución a razón de 41,90 euros/día; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Bodega de la Carne, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.020/10)</texto>
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