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    <fecha_publicacion>2010/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Ejecución 268 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 351 
 Ejecución 268 de 2010 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 268 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Baltasar Fernández Santamaría y don Román Fernández Santamaría, contra la empresa “MA3 Confort, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Baltasar Fernández Santamaría y don Román Fernández Santamaría, frente a “MA3 Confort, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 29.084,81 euros en concepto de principal, incluido el 10 por 100 anual en concepto de mora, a solicitud de la parte actora, desglosados del siguiente modo:
  A don Baltasar Fernández Santamaría: 15.954,26 euros.
  A don Román Fernández Santamaría: 13.130,55 euros.
  Más 1.745,09 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 2.908,48 euros de las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MA3 Confort, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.339/10)</texto>
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