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    <fecha_publicacion>2010/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 813 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 354 
 Demanda 813 de 2010 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 813 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estefanía Raquel Ortiz Medina, contra las empresas “Peggy Sue, Sociedad Limitada”, “Basic Quest, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Estefanía Raquel Ortiz Medina, en materia de despido, contra la empresa “Peggy Sue, Sociedad Limitada”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de doña Estefanía Raquel Ortiz Medina, condenando a la empresa “Peggy Sue, Sociedad Limitada”, a que en el plazo de cinco días opte ante este Juzgado de lo social entre la readmisión de doña Estafanía Raquel Ortiz Medina o el abono de una indemnización de 223,20 euros y, en todo caso, de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, 30 de abril de 2010, a la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 14,88 euros diarios, absolviéndole de los restantes pedimentos deducidos en su contra.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Peggy Sue, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.026/10)</texto>
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