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    <titulo>Toledo número 2. Demanda 398 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 238 
 Demanda 398 de 2010 
  Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 398 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Pablo Cartátegui Murías, contra las empresas “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, “UTE Edar Depuradoras de Borox”, “Isolux Ingeniería, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia número 385 de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la pretensión subsidiaria de la demanda formulada por don Pedro Pablo Cartátegui Murías, contra la mercantil “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor, declarando extinguida la relación laboral entre las partes y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al demandante una indemnización de 1.316 euros, con el abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido (10 de febrero de 2010) hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 43,88 euros diarios, absolviendo a las mercantiles “Isolux Ingeniería” y “UTE Edar Depuradoras de Borox”.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo a 20 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.939/10)</texto>
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