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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 381 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 304 
 Demanda 381 de 2009 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 381 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Pérez Tejedor, contra doña Sara Lucas Noblejas, don Borja Castillo Fernández de Mera, “Unitono Servicios Externalizados, Sociedad Anónima Unipersonal” y “Avanza Externalización de Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 20 de julio de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda formulada por don José Miguel Pérez Tejedor, contra “Unitono Servicios Externalizados, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Avanza Externalización de Servicios, Sociedad Anónima”, doña Sara Lucas Noblejas y doña Borja Castillo Fernández de Mera, debo declarar y declaro el derecho del actor a ocupar su puesto de trabajo de auditor agente de calidad, nivel 8 con efectos del 1 de noviembre de 2008, condenando solidariamente a las empresas demandadas “Unitono Servicios Externalizados, Sociedad Anónima Unipersonal” y “Avanza Externalización de Servicios, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y en consecuencia a que procedan a asignarle el referido puesto de trabajo, así como al abono de las diferencias salariales desde el 1 de noviembre de 2008.
  Absuelvo a doña Sara Lucas Noblejas y a don Borja Castillo Fernández de Mera de las pretensiones formuladas en su contra.
  Notifíquese esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, mediante manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del indicado plazo.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Sara Lucas Noblejas, don Borja Castillo Fernández de Mera, “Unitono Servicios Externalizados, Sociedad Anónima Unipersonal” y “Avanza Externalización de Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/40.997/10)</texto>
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