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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 83. Procedimiento ordinario 1.722 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>280</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83 
 EDICTO
 
 205 
 Procedimiento ordinario 1.722 de 2007 
  En el juicio de procedimiento ordinario número 1.722 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la representación de la comunidad de propietarios “Los Altos de Lunymar-Fase I”, de Estepona, contra “Las Cañas de Estepona, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro haber lugar a:
  a)  Condenar a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 10.601,19 euros.
  b)  Condenar a la demandada a reparar los defectos constructivos que se reseñan en el informe pericial acompañado como documento 8 de la demanda.
  c)  Imponer a la demandada el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá prepararse en este mismo Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario para su interposición un depósito por valor de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Las Cañas de Estepona, Sociedad Limitada”.
  En Madrid, a 22 de octubre de 2010..El secretario (firmado).
  (02/10.710/10)</texto>
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