<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101215-281</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 23. Demanda 1.867 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>299</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-12-15-299301120100160</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/15/BOCM-20101215-281.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/15/BOCM-20101215-281.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/15/BOCM-20101215-281.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 281 
 Demanda 1.867 de 2009 
  Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.867 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime de Jesús Montoya Vázquez, contra la empresa “Arklan Arquitectos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 11 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando la demanda promovida por don Jaime de Jesús Montoya Vázquez, frente  a la empresa “Arklan Arquitectos, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone al demandante la cantidad de 5.721,45 euros, por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 25 de septiembre de 2009 hasta la fecha.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arklan Arquitectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.187/10)</texto>
</documento>