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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 161 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 120 
 Ejecución 161 de 2009 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adil Tadli, contra la empresa “Obras y Reformas Shalom, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 27 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Se impone un apremio pecuniario a “Obras y Reformas Shalom, Sociedad Limitada”, de 100 euros por cada día que transcurra, a contar desde la notificación de esta resolución a la empresa, sin dar cumplimiento al requerimiento efectuado por providencia de 22 de febrero de 2010.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, ante este Juzgado, en el término de cinco días a contar desde su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como  requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).
  Así lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obras y Reformas Shalom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.700/10)</texto>
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