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    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 242 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 163 
 Demanda 242 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 242 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Enith Elizabeth Rigaud Cueva, contra la empresa “Conbiene Pinto, Unión Temporal de Empresas”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 526 de 2010
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2010..Don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña doña Enith Elizabeth Rigaud Cueva, que comparece asistida de la letrada doña Susana López Mármol, y de otra, como demandados, “Conbiene Pinto, Unión Temporal de Empresas”, que no comparece, y el Fondo de Garantía Salarial, que comparece, ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Enith Elizabeth Rigaud Cueva, contra “Conbiene Pinto UTE”, condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.536,64 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Conbiene Pinto, Unión Temporal de Empresas”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.470/10)</texto>
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