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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda  931 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 396 
 Demanda 931 de 2010 
  Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 931 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Jiménez Lobón, contra la empresa “Clínica Fuenlabrada, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia, con el siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por doña María del Carmen Jiménez Lobón, frente a la empresa “Clínica Fuenlabrada, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto la actora el día 25 de junio de 2010, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos desde la fecha de esta sentencia; condenando a la empresa demandada a abonar a la demandante una indemnización en cuantía de 28.029,60 euros (salvo error u omisión).
  Además, procede condenar a la empresa demandada a abonar a la actora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente sentencia, a razón de un salario diario de 36,64 euros, sin perjuicio del descuento correspondiente a razón del nuevo empleo de la actora con posterioridad al despido.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso corresponda al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Clínica Fuenlabrada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.547/10)</texto>
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