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    <fecha_publicacion>2010/12/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 700 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>306</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 186 
 Demanda 700 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 700 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Latorre García, don Guillermo Cazorla Rodríguez, don Clemente Flores Muñoz, don José Millano Vázquez, don Jesús Manuel Rodríguez Ron, don Felipe López Ray, don Dimitri Tenea, don Fernando García Murillo, don Juan Félix López Herranz, don José Luis García Moreno, don Daniel Gómez Ruiz y don Raúl García López, contra la empresa “Pedro Pizarro, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de extinción de la relación laboral de fecha 22 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans, resuelve: Decretar la ejecución del fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones con fecha 28 de junio de 2010, declarando extinguida a partir de esta fecha la relación laboral que vinculaba a las partes, y acordando que se abone por la empresa demandada a los trabajadores las cantidades que seguidamente se especifican en concepto de indemnización por dicha extinción, así como las cantidades que igualmente se indican a continuación en concepto de salarios dejados de percibir desde las fechas de los despidos hasta las fechas que se indican seguidamente.
  En ambas cantidades se encuentran comprendidas las fijadas en la sentencia.
  Trabajador: don Francisco Latorre García.
  Indemnización: 22.414,16 euros.
  Salarios de tramitación: 15.553,34 euros (de 26 de marzo de 2010 a 22 de noviembre de 2010).
  Trabajador: don Guillermo Cazorla Rodríguez.
  Indemnización: 15.761,58 euros.
  Salarios de tramitación: 3.476,63 euros (de 26 de marzo de 2010 a 31 de mayo de 2010).
  Trabajador: don Clemente Flores Muñoz.
  Indemnización: 20.430,90 euros.
  Salarios de tramitación: 12.557,38 euros (de 26 de marzo de 2010 a 22 de noviembre de 2010).
  Trabajador: don José Milano Vázquez.
  Indemnización: 27.435,78 euros.
  Salarios de tramitación: 3.269,07 euros (de 30 de marzo de 2010 a 31 de mayo de 2010).
  Trabajador: don Jesús Manuel Rodríguez Ron.
  Indemnización: 6.421,14 euros.
  Salarios de tramitación: 51,89 euros (de 13 de abril de 2010 a 14 de abril de 2010).
  Trabajador: don Felipe López Ray.
  Indemnización: 11.285,64 euros.
  Salarios de tramitación: 51,89 euros (de 13 de abril de 2010 a 14 de abril de 2010).
  Trabajador: don Dimitri Tenea.
  Indemnización: 11.226,22 euros.
  Salarios de tramitación: 50,74 euros (de 13 de abril de 2010 a 14 de abril de 2010).
  Trabajador: don Fernando García Murillo.
  Indemnización: 5.642,82 euros.
  Salarios de tramitación: 51,89 euros (de 13 de abril de 2010 a 14 de abril de 2010).
  Trabajador: don Juan Félix López Herranz.
  Indemnización: 11.480,22 euros.
  Salarios de tramitación: 51,89 euros (13 de abril de 2010 a 14 de abril de 2010).
  Trabajador: don José Luis García Moreno.
  Indemnización: 27.435,78 euros.
  Salarios de tramitación: 11.571,47 euros (de 14 de abril de 2010 a 22 de noviembre de 2010).
  Trabajador: don Daniel Gómez Ruiz.
  Indemnización: 16.733,88 euros.
  Salarios de tramitación: 1.038,80 euros (de 26 de marzo de 2010 a 14 de abril de 2010).
  Trabajador: don Raúl García López.
  Indemnización: 19.978,87 euros.
  Salarios de tramitación: 10.909,10 euros (de 22 de abril de 2010 a 22 de octubre de 2010).
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pedro Pizarro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/45.379/10)</texto>
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