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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 112 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 258 
 Ejecución 112 de 2010 
  Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 112 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Giraldo González, contra la empresa “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de ejecución, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García..En Madrid, a 22 de junio de 2010.
  Antecedentes de hecho:
  Único..Don José Giraldo González ha presentado demanda de ejecución de sentencia frente a “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don José Giraldo González, frente a “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 22.588,78 euros en concepto de principal, más otros 4.517,74 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses, que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Elena García Muñoz-Alarcos..En Madrid, a 22 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo sobre los bienes de “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”, en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta, librándose al efecto mandamiento al servicio común de actos de comunicación/mandamiento a la comisión judicial para que practique el requerimiento/exhorto a la oficina judicial del domicilio de la ejecutada que figura en las actuaciones.
  Requerir de pago a “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta, librándose al efecto los correspondientes oficios.
  Proceder a la averiguación de bienes de la ejecutada a través de los medios telemáticos con que cuenta el Juzgado.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados y Estructuras Yuncos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.073/10)</texto>
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