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    <titulo>Nombramiento vocales
– Orden 2047/2010, de 2 de diciembre, por la que se nombran Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las asociaciones, federaciones y demás entidades sin fin de lucro de personas mayores que desarrollen su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES 
 
 11 
 ORDEN 2047/2010, de 2 de diciembre, por la que se nombran Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las asociaciones, federaciones y demás entidades sin fin de lucro de personas mayores que desarrollen su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid. 
  El Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores, modificado por el Decreto 34/2001, de 1 de marzo, dispone en su artículo 3 que todos los Vocales del Consejo serán nombrados, mediante Orden, por la titular de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
  Cumplidos todos los trámites establecidos en la Orden 1002/2010, de 14 de junio, y en cumplimiento de su artículo 10 por el que procede dar publicidad,
  DISPONGO
  Artículo 1
  Nombrar como Vocales del Consejo Regional de Mayores a las personas que a continuación se relacionan:
  .	Doña Blanca Clavijo Juaneda. Asociación Nacional de Alzheimer, AFAL Contigo.
  .	Don Vicente Luis Llópiz González. Asociación Ecologista y del Medio Ambiente de la Tercera Edad de Ciudad Lineal “Amigos de la naturaleza”.
  .	Don Gonzalo López Capdequí. Asociación de Servicio Integral Sectorial para Ancianos (ASISPA).
  .	Doña Pilar Sánchez Tamayo. Cruz Roja Española Comunidad de Madrid.
  .	Don Salvador Guirado Tamayo. Asociación de Mayores de Madrid XXI.
  .	Don Rafael Izquierdo Bartolomé. Fundación Desarrollo y Asistencia.
  .	Don Humberto García Valverde. Organización Social de Mayores, Pensionistas y Jubilados de Izquierda Unida.
  Artículo 2
  La Duración del mandato de cuatro años al que alude el artículo 4 del Decreto 65/1998, en lo que se refiere a los representantes de asociaciones, federaciones y entidades sin fin de lucro, comenzará a computarse desde el día en que se celebre la primera reunión tras la publicación de esta Orden.
  DISPOSICIÓN FINAL
  La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de diciembre de 2010.
  		La Consejera de Familia y Asuntos Sociales, 		ENGRACIA HIDALGO TENA
  (03/47.646/10)</texto>
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